Diferencia entre oferta y convocatoria en oposiciones (y sus definiciones)

¡Hola Futuro Opositor! Si estás iniciándote en el mundo de las oposiciones seguramente que estos dos conceptos aún te generen dudas.

No te preocupes, es normal que al principio “nos bailen los términos”. Además, en este artículo te voy a explicar todo de la forma más clara y sencilla posible para que nunca más tengas más dudas en este aspecto.

¿Cuál es la diferencia entre oferta y convocatoria de oposiciones?

Vamos ya al núcleo del asunto ¿Cuál es la diferencia entre oferta y convocatoria de oposiciones? Estos dos términos, a priori, pueden parecer sinónimos pero tienen ciertas diferencias que ahora voy a pasar a explicarte.

¿Qué es una oferta pública de empleo?

Podemos definir la oferta pública de empleo (u OPE) como aquel anuncio llevado a cabo por un órgano público indicando las plazas que prevé cubrir con nuevos funcionarios públicos en un futuro próximo. 

Este anuncio contendrá cuál es el número concreto de plazas que la Administración tiene planteado cubrir y, por regla general, se emite de manera anual. 

Por lo tanto, mediante la oferta, la Administración nos está avisando de que planea cubrir ciertos puestos de trabajo y esta cobertura se efectuará con posterioridad a la convocatoria concreta.

¿Cuánto tiempo debe pasar entre la oferta y la convocatoria?

Después de la oferta, las plazas en ella señaladas, generalmente deben ser cubiertas en el plazo máximo de tres años.

Las ofertas serán publicadas en el Boletín Oficial del Estado.

Estas ofertas podrán ser emitidas por el Estado o por cada una de las diferentes Comunidades Autónomas, así como por Ayuntamientos o Diputaciones, entre otros.

Las ofertas van a depender, en gran parte, del presupuesto que cada administración haya destinado en sus presupuestos a la creación de empleo público. 

¿Qué es una convocatoria de oposiciones?

Es la fase que va después de la oferta; la fase en la que se materializa ese aviso sobre la previsión de puestos de trabajo que se pretenden cubrir.

Si lo que realmente te interesa es conocer cuándo puedes inscribirte en unas oposiciones esta es la fecha que te interesa.

Una vez emitida la convocatoria se abre un plazo de presentación de instancias para que los opositores aspirantes a ocuparlas puedan presentarlas formalmente. Si el aspirante la presenta dentro del plazo fijado y cumple con los requisitos necesarios, tendrá derecho a realizar las pruebas selectivas.

Puede que en este punto te estés preguntado si la propia convocatoria contendrá ya la fecha de realización del examen. La respuesta es: a veces sí y a veces no.

La convocatoria, en principio, lo que nos dará es el plazo de tiempo que tenemos para inscribirnos para poder presentarnos a realizar este examen. La fecha de este puede venir ya anunciada en la propia convocatoria, pero también puede ser comunicada oficialmente en una fecha posterior.

A veces es posible que no se dé una fecha concreta para la realización del examen, pero sí un plazo dentro del cual se realizará el mismo.

¿Cuál es el plazo de tiempo que tendremos para la presentación de instancias?

Por regla general, el plazo que se maneja suele ser de 20 días hábiles. Comenzarán a contarse desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE.

Una vez finalizado el plazo para la presentación de instancias, se publicarán por el órgano convocante las listas provisionales de admitidos y excluidos.

Además, una vez publicadas estas listas provisionales, se dará un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de errores que hayan podido cometerse en la elaboración de estas listas. 

Este plazo de 10 días comenzaría a computarse desde el día siguiente al de la publicación de las mencionadas listas provisionales.

Una vez finalizado este plazo, se procederá a la publicación de las listas definitivas de admitidos y excluidos y ya no podrá efectuarse alteración alguna en estas. 

¿Qué son las bases de una convocatoria de oposiciones?

Este es otro concepto respecto del cual existe confusión y que a veces se entiende erróneamente como sinónimo de oferta o convocatoria de oposiciones.

Pero nuevamente existen diferencias.

¿Qué son concretamente las bases de una convocatoria de oposiciones?

Las bases son la hoja de ruta mediante las cuales se van a establecer los detalles de los procesos selectivos. Podemos entenderlas como las líneas básicas que regulan el desarrollo de estos procesos de selección de candidatos.

Por lo tanto, será necesario que contengan cierta información esencial. Dentro de esta información destacan los siguientes extremos:

Los requisitos de acceso: se indicarán aquellos requisitos que deben cumplir los aspirantes, tales como la edad, los estudios realizados o titulación, la nacionalidad…

En este punto voy a darte algunos ejemplos de requisitos académicos de acceso a oposiciones a la Administración de Justicia:

  • Requisitos académicos de acceso a las oposiciones de Auxilio Judicial: será necesario estar en posesión del título de Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
  • Requisitos académicos de acceso a las oposiciones de Tramitación Procesal y Administrativa: será necesario estar en posesión del título de Bachiller o equivalente.
  • Requisitos académicos de acceso a las oposiciones de Gestión Procesal y Administrativa: será necesario poseer una diplomatura universitaria, ingeniería técnica, arquitectura técnica o equivalente.

Los documentos que deben presentarse para acreditar los requisitos: qué documentos deberán presentarse, y en qué momento, para la acreditación de estos requisitos.

El temario concreto objeto de examen: el número de temas, así como los epígrafes dentro de estos que los opositores deberán conocer.

La forma de presentación de las solicitudes: ante qué órgano, en qué plazo y utilizando qué modelos, debe presentarse la solicitud de acceso a las pruebas selectivas.

El sistema de selección y tipo de pruebas que se van a realizar: se explicarán en qué consistirán las pruebas. Por ejemplo: en el caso de que la prueba sea tipo test, deberá indicarse esta circunstancia y también los detalles que la caractericen, como de cuántas preguntas constará, así como la forma de cálculo de la calificación.

La composición del Tribunal calificador: toda la información referente al tipo de tribunal y miembros que lo componen.

Diferencia entre oferta, base y convocatoria

Si es la primera vez que te presentas a una oposición, entender la diferencia entre oferta pública, bases y convocatoria puede ser un poco confuso.

Resumiendo lo que hemos hablado en los puntos anteriores, la oferta pública es un anuncio que hace la administración para informar de su intención de cubrir ciertos puestos de trabajo vacantes. Es aquí donde se establece el número de plazas que se planea cubrir.

Las bases, por otro lado, son las reglas del juego. Estas regulan los procesos selectivos y establecen todos los criterios que se aplicarán durante la selección: desde los requisitos que deben cumplir los aspirantes hasta las pruebas que se realizarán. Las bases se deben consultar cuidadosamente si es la primera vez que te presentas, ya que son el manual que define cómo cubrir las plazas ofertadas.

Finalmente, la convocatoria es la acción concreta mediante la cual se llama a los aspirantes a participar en el proceso de selección. Es un documento que se publica en los diarios oficiales y especifica detalles como fechas, pruebas específicas y cómo presentar las solicitudes.

Así que la oferta anuncia la intención de contratar, las bases explican cómo se va a hacer, y la convocatoria te invita a participar en ese proceso para cubrir las plazas. Todo esto está diseñado para garantizar que el acceso a la función de empleado público se rige por principios de igualdad, mérito y capacidad, como lo dicta el Estatuto Básico del Empleado público.

Fases cronológicas desde la oferta hasta la convocatoria de oposiciones

A continuación, para que puedas ver de manera clara y esquemática todo lo explicado a lo largo de este artículo, te ordeno cronológicamente las fases del proceso:

  1. Aprobación y publicación de la Oferta de Empleo Público.
  2. Convocatoria.
  3. Plazo de presentación de instancias.
  4. Publicación de listas provisionales de admitidos y excluidos.
  5. Plazo de subsanación de errores.
  6. Publicación de listas definitivas de admitidos y excluidos.
  7. Publicación de las fechas de realización de los exámenes y sedes de estos (en el supuesto de que este término no se hubiera especificado anteriormente).
  8. Día de realización de las pruebas (pueden ser varios en caso de que haya varias pruebas o exámenes).
  9. Publicación de las plantillas de respuestas.
  10. Publicación de las listas provisionales de aspirantes aprobados.
  11. Plazo de presentación de reclamaciones.
  12. Publicación de las listas definitivas de aprobados.
  13. Fase relativa a la presentación de méritos y su valoración (cuando estemos ante un concurso).
  14. Final del proceso de oposición.

Diferencia entre plaza vacante y no vacante

Esta es otra de las grandes dudas que te pueden abordar al enfrascarte en este tema. Voy a explicarte también de manera muy clara las diferencias entre ambas.

Qué es una plaza vacante

Las plazas vacantes son aquellos puestos en una Administración pública que están desocupados y que deberían ser cubiertos por un funcionario público. 

Estas vacantes pueden surgir por diversos motivos, tales como la jubilación de un funcionario, su renuncia o bien debido a la creación de nuevas plazas.

Qué es una plaza no vacante

Mientras que las plazas vacantes son aquellas que no están ocupadas por su legítimo titular en un determinado momento, las plazas no vacantes son aquellas que sí están ocupadas por su titular.

Debe tenerse en cuenta que puede darse la situación de que la plaza esté ocupada con carácter temporal por personal interino. En este caso seguiremos estando ante una plaza vacante ya que la misma no está ocupada por un titular.

Estas han sido las diferencias entre oferta y convocatoria en oposiciones con especial referencia a las bases de la convocatoria y también la diferencia entre plazas vacantes y no vacantes.

Espero que con este análisis hayas podido aclarar tus dudas al respecto y estos términos de la “jerga opositora” no se te resistan más.

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Sara Jorge Sanmartín

Abogada y opositora judicial, experta en Derecho Civil, Penal, y nuevas tecnologías.

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