Psicólogo de prisiones: qué hace, cuanto gana y como opositar
¡Hola Futuro Opositor! Soy Paula y me pasaba por aquí para contaros que hoy escribe Elena Blázquez en nuestro Blog del Opositor.
Ella, a parte de llevar mucho tiempo en el mundo de las oposiciones, es psicóloga de prisiones (A1), así que ¡quien mejor para contárnoslo todo sobre este puesto que pertenece al Cuerpo Superior de Técnicos de IIPP!.
¡Ahora si que si, os dejo con Elena y su super artículo, en el que plasma todo lo que sabe sobre los psicólogos de prisiones!
¿Qué hace un psicólogo de prisiones?
Son muchos los mitos y más aún la curiosidad y el misterio que envuelve al mundo de las prisiones.
Pero más allá de la imagen que el cine y la televisión proyectan sobre el mundo penitenciario, si quieres saber cómo es mi realidad sobre trabajar como psicóloga en prisión, quédate y te cuento.
Para empezar, contextualicemos. Pertenezco al Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias. Un grupo A1 de la Administración General del Estado, el más alto de la administración.
¿Qué significa esto? Que el proceso selectivo es más complicado que en otros niveles de la administración. Consta de cuatro exámenes: un tipo test, un oral, un texto de idioma y un caso práctico. Por eso, siempre digo que ni este trabajo ni la oposición para llegar a él es para cualquiera. Porque yo, (o tú si te la estás planteando) no somos cualquiera.
Quizá es por este motivo que hasta en la Constitución Española, la norma de más alto rango de nuestro país, recoge la finalidad que persigue la actividad penitenciaria en su artículo 25.2:
Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social
Y es que, en eso se resume muy bien la labor del psicólogo de Instituciones Penitenciarias: intentar que los internos e internas, a través de nuestra intervención (reeducación), consigan cambiar sus conductas, actitudes, pensamientos y hábitos para evitar su reincidencia en el futuro, y que vuelvan a la sociedad con la capacidad y la intención de vivir respetando la ley.
Por eso, me gusta decir que este es un trabajo donde tenemos la capacidad de crear un cambio en las personas, pero también (y esto a veces pasa desapercibido) en la sociedad.
No solo trabajamos para crear un cambio individual y cambiar la vida y la forma de vivirla en cada persona con quien tenemos la oportunidad de intervenir, sino que, si ese cambio individual se produce, devolveremos a la sociedad a una persona renovada, reeducada y mejorada.
Así, parte de nuestro trabajo consiste también en proteger a la sociedad y prevenir el delito, haciendo que las personas que una vez delinquieron dejen de hacerlo.
El psicólogo penitenciario trabaja para resolver problemas psicológicos, implementar programas preventivos y técnicas de modificación de actitudes para facilitar la reinserción social del interno.
Funciones del psicólogo penitenciario
En resumen, y a rasgos generales, podríamos agrupar mi trabajo en dos grandes bloques de funciones: Ámbito tratamental y ámbito administrativo.
Y si lo piensas, tiene todo su sentido: tratamental, puesto que soy psicóloga; administrativo, puesto que soy funcionaria de la administración pública.
El ámbito tratamental incluye evaluación y tratamiento. Cada vez que un interno o interna ingresa en el centro penitenciario, el psicólogo o la psicóloga le entrevista individualmente para facilitarle información sobre su futuro a corto plazo: cómo será el procedimiento en los primeros días, qué puede encontrarse en el módulo, y ajustar sus expectativas con información generalmente tranquilizadora, en especial para aquellos que ingresan por primera vez.
Por otro lado, esa primera toma de contacto me permite detectar sus principales necesidades y características (estado emocional, impacto del ingreso, enfermedad mental, drogodependencia…) y en base a ello proponer su destino al módulo más apropiado en función del tratamiento requerido.
Y es que, en función de esas necesidades, se propone un programa individualizado de tratamiento que nos permite después realizar un seguimiento continuo de cada interno, que incluye la revisión de su grado de clasificación y de ese programa específico de tratamiento cada seis meses como máximo.
Por supuesto, cada decisión a tomar en el centro penitenciario (por ejemplo, valorar si es recomendable que una persona disfrute o no de un permiso de salida o asignar ese grado de clasificación del que te hablo) se sustenta en una evaluación previa, generalmente consistente en una entrevista.
2º Régimen ordinario y general de vida. Los penados pueden convivir entre ellos, pero no están preparados para vivir en semilibertad en la sociedad libre. Es la imagen común que tenemos cuando pensamos en una prisión.
3º Régimen de semilibertad. Suelen permanecer en la prisión durante la semana, pero se les permite ir a sus casas los fines de semana. Habitualmente estudian o pueden trabajar en el exterior del centro.
En este régimen se encuentran también aquellos que viven en sus hogares y son controlados con medios telemáticos. Esto es realmente útil en casos donde existen obligaciones familiares como el cuidado de hijos menores, o para determinados horarios de trabajo.
En resumen, con el tratamiento, atendemos las necesidades psicológicas de toda la población reclusa tanto de forma individual, cuando es necesario (por ejemplo, riesgo de suicidio), y generalmente en formato grupal, que es como se realizan la mayoría de los programas específicos de tratamiento.
De hecho, esta es mi parte favorita. El tratamiento grupal me ha descubierto un mundo que apenas se trató cuando estudié psicología, y que ha resultado ser, en mi opinión, una de las partes más bonitas de mi trabajo.
La institución penitenciaria ha ido creando a lo largo de los años programas de tratamiento específicos para personas condenadas por los mismos delitos: agresión sexual, violencia de género, delitos violentos, delitos económicos, delitos contra la seguridad vial…
Pero también ha creado programas o protocolos de atención a colectivos específicos más allá de los delitos cometidos, como son las personas con enfermedad mental, con discapacidad, mujeres víctimas de violencia de género, personas con drogodependencia, o programas en régimen cerrado entre otros.
Aunque dependerá de la cantidad de población reclusa que haya en el centro y el número de psicólogos disponibles en el mismo, en ocasiones puede ser más recomendable la intervención individual.
Por ejemplo, en casos de desestabilización emocional o riesgo de suicidio, siempre se atenderá de forma individual, pero si es posible, también en tipologías delictivas menos comunes o características específicas de la persona que así lo recomienden.
Especialmente en estos casos, es importante la actualización y formación continua en terapia psicológica, destacando que incluso los últimos programas de intervención de Instituciones Penitenciarias se han desarrollado basándose en las terapias de tercera generación.
Por tanto, algo importante de este puesto de trabajo es la posibilidad de seguir aprendiendo y formándote para el mejor desarrollo de tu labor en la psicología.
Por otro lado, debido a la cantidad de la población reclusa y a la disponibilidad de profesionales, pero también gracias a que en formato grupal existen ciertos beneficios a nivel social para los participantes, nuestra intervención se realiza, casi siempre, con grupos.
Y después de haber implementado el programa para condenados por violencia de género, por agresión sexual, por delincuencia económica y otros delitos diversos en programas más heterogéneos, así como haber participado en el tratamiento en Unidades Terapéutico-Educativas para personas en tratamiento para la drogodependencia y en régimen cerrado, puedo decir que la intervención en prisión es complicada y requiere un gran esfuerzo, pero es, creo, motivadora, estimulante y gratificante.
Gestionar un grupo de 10 o 15 reclusos o reclusas como terapeuta, conducir sus discursos hacia conclusiones positivas y alejadas de sus delitos, confrontar sus razonamientos hacia una realidad que les incomoda, y hacerles ver la necesidad de cambio, es difícil, pero apasionante.
Además, la posibilidad, en grupo o de forma individual, de romper estigmas y crear un vínculo profesional sano y fuerte con esta población, es de lo más bonito que me ha pasado a nivel laboral.
Competencias del psicólogo penitenciario
Pero, recordemos el ámbito administrativo del que te hablaba al principio del texto. El psicólogo en prisión pertenece a la administración penitenciaria, y como tal, debe realizar algunas funciones propias del medio, como:
Elaboración de informes
Para la administración penitenciaria, (generalmente las propuestas de las que te he hablado anteriormente se recogen por escrito), jueces y tribunales o para el/la Juez de Vigilancia Penitenciaria.
Por ejemplo, un interno solicita un permiso que le es denegado. Este lo recurre al Juez de Vigilancia Penitenciaria y este último te requiere un informe donde le comuniques los motivos (psicológicos en este caso) del por qué de esa denegación.
Y de la misma forma que te contaba que construir ese vínculo terapéutico es algo bonito, el hecho de ser la misma persona que interviene en sus problemáticas y luego toma decisiones como las que te acabo de contar, pone bastante difícil que esa relación terapéutica sea sincera.
Así que, este trabajo, si ya te decía que es estimulante, ahora podrás entender, que es todo un reto. Pero este reto se afronta en equipo. Otra de las funciones que desempeña un psicólogo en prisión es formar parte de equipos técnicos y de la junta de tratamiento.
Toma de decisiones
Formo parte de un equipo técnico y de una Junta de tratamiento, el órgano donde se adoptan decisiones sobre cada interno e interna.
Por ejemplo, su clasificación, la concesión o no de permisos de salida, la recomendación de las condiciones en las que en su caso deben cumplirse esos permisos, progresiones y regresiones de grado, propuesta de la libertad condicional, etcétera.
La Junta de Tratamiento es un órgano colegiado presidido por el Director del Centro penitenciario y compuesta por el Subdirector de Tratamiento, el Subdirector Médico o Jefe de los Servicios médicos, el Subdirector del Centro de Inserción Social, en los Centros de Inserción.
Social dependientes, los Técnicos de Instituciones Penitenciarias que hayan intervenido, en su caso, en las propuestas sobre las que se delibere (aquí se refiere a juristas y psicólogos), un trabajador social, un educador o coordinador del Centro de Inserción Social y un Jefe de Servicios.
Como secretario de la Junta de Tratamiento y del Equipo Técnico actuará, con voz pero sin voto, un funcionario del Centro designado por el Subdirector de Tratamiento.
A este órgano le corresponde la toma de decisiones sobre los internos, establecer los programas de tratamiento, clasificar a los internos en los distintos grados, así como la de conceder o denegar los permisos de salida.
Ante esas decisiones, cada profesional citado expone su punto de vista desde su especialidad, y emite un voto a favor o en contra de cada decisión a deliberar.
Por ejemplo, como psicóloga, puedo votar en contra del disfrute de un permiso de salida por considerar que existe un riesgo de recaída en el consumo de sustancias.
Por su parte, los equipos técnicos son reuniones donde los diferentes profesionales comparten información y debaten antes de la Junta de Tratamiento, aquellos acuerdos que se adoptarán en la misma. Así, podemos decir también que parte de este trabajo también se realiza en equipo.
La modificación del estilo de vida de alguien no pasa sólo por atender a las variables más psicológicas, sino que, con profesionales como los educadores y trabajadores sociales, debemos atender también a aspectos como su nivel educativo, la posibilidad de acceder al mundo laboral, el entorno en que reside, las relaciones con su familia, entre otros, que junto con la intervención psicológica, modelará la conducta, los recursos y lo que rodea a cada persona para fomentar que sus condiciones de vida sean las más apropiadas e incompatibles con la comisión de delitos.
En muchos casos nuestro trabajo consiste en dar una nueva oportunidad y dar las herramientas necesarias para que sepan y quieran aprovecharla.
Además, el psicólogo puede formar parte de otros equipos multidisciplinares donde puedo destacar la colaboración de asociaciones y ONGs que colaboran en diferentes actividades y programas atendiendo a colectivos o actividades específicas.
Por ejemplo, Proyecto Hombre para las personas con drogodependencia, que pueden impulsar la intervención en módulos terapéuticos y también en módulos ordinarios, en coordinación siempre con el psicólogo o la psicóloga del módulo en cuestión.
Cargos a los que puedes optar
Finalmente, y no por ello menos importante, una vez eres psicólogo o psicóloga del cuerpo superior de técnicos de Instituciones Penitenciarias, puedes también optar a cargos como el de Director o Directora, Subdirector o Subdirectora y administrador o administradora de Centro Penitenciario.
Director
Así, te corresponderían como Director atribuciones, entre muchas otras, como:
- Aplicar en el centro penitenciario todas las directrices provenientes de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
- Representar al centro penitenciario ante otras autoridades, centros o instituciones.
- Convocar y Presidir los órganos colegiados del centro penitenciario, como es, por ejemplo, la Junta de Tratamiento de la que te he hablado anteriormente.
- En caso de alteraciones del orden, aplicar medidas regimentales necesarias y urgentes, así como medidas cautelares.
- Decidir a qué modulo irá destinado cada interno o interna (lo que denominamos decidir la “separación interior”).
- Autorizar las comunicaciones y visitas de la población reclusa con sus familiares y allegados.
- Comunicar a familiares o allegados de la población reclusa aquellos casos en que estos tengan un accidente, enfermedad o fallezcan.
- Autorizar salidas de la población reclusa del centro penitenciario, incluyendo también los desplazamientos al hospital.
- Llevar a cabo cuantas tareas o cometidos le atribuya el centro directivo en relación con sus funciones como responsable del centro penitenciario.
Subdirector
Por su parte, los subdirectores son los responsables de la organización y gestión ordinaria de los servicios que tenga atribuidos su puesto de trabajo, bajo la dirección y subdirección del director o directora.
Generalmente existe un subdirector o subdirectora por cada área organizativa o funcional. En la mayoría de las ocasiones los psicólogos accederemos a la subdirección de tratamiento, siendo responsables de la organización y gestión de los servicios de observación, clasificación y tratamiento de las personas privadas de libertad.
Por poner un ejemplo, serán los encargados de coordinar a las asociaciones y ONGs que participan de la intervención penitenciaria, dirigirán los equipos técnicos, entre otros.
Administrador
El administrador, finalmente, será el responsable de la organización y gestión de los servicios relacionados con aspectos económicos, presupuestarios, contables y administrativos del centro.
De esta forma, es importante tener en cuenta que puedes desempeñar estos puestos, con la posibilidad de gestionar y coordinar un centro penitenciario, introducir cambios y mejoras en él, lo que podrá tener un impacto positivo en los trabajadores del mismo y también en la población reclusa.
Así, aunque parezca lo contrario, cuando apruebas esta oposición y accedes a este trabajo, también existe la posibilidad de cambiar de puesto y ascender, lo que acaba con la sensación de realizar un mismo trabajo durante toda tu vida.
De hecho, te he hablado de forma genérica del trabajo de psicólogo o psicóloga en un centro penitenciario, pero también puedes desempeñar tu trabajo como tal en un Centro de Inserción social o en un Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas, así como en un Centro Psiquiátrico Penitenciario.
Los Centros de Inserción Social son establecimientos penitenciarios destinados al cumplimiento de penas privativas de libertad en régimen abierto y de las penas de arresto de fin de semana, así como al seguimiento de cuantas penas no privativas de libertad se establezcan en la legislación penal y cuya ejecución se atribuya a los servicios correspondientes del Ministerio de Justicia e Interior u órgano autonómico competente.
También se dedicarán al seguimiento de los liberados condicionales que tengan adscritos.
La actividad penitenciaria en estos Centros tendrá por objeto esencial potenciar las capacidades de inserción social positiva que presenten las personas en ellos internadas mediante el desarrollo de actividades y programas de tratamiento destinados a favorecer su incorporación al medio social.
Con estas premisas, desde un punto de vista arquitectónico, los CIS son infraestructuras diseñadas para que las personas que los habitan dispongan de los espacios residenciales, sanitarios, de formación y ocio que les faciliten las herramientas necesarias en esta nueva etapa de reintegración social, con la intención y objetivos de que las personas penadas hagan su vida tanto en el CIS, como en su entorno social, familiar y laboral habitual.
Los Servicios de Gestión de Penas y Medidas Alternativas, son esa parte de la administración penitenciaria que se encarga de gestionar las suspensiones de condena y el cumplimiento de trabajos en beneficio de la comunidad (TBC) mediante la realización de actividades de utilidad pública o participación en talleres o programas formativos o de reeducación, laborales, culturales, de educación vial, sexual, etcétera.
Para ello, estos servicios cuentan con el personal necesario, donde destaca un Jefe del servicio, personal funcionario en tareas administrativas, trabajadores sociales y personal técnico, principalmente psicólogos, destacando también aquí la colaboración de entidades colaboradoras y ONGs.
En este servicio, los psicólogos tienen una gran labor de evaluación e intervención, siendo los responsables de entrevistar a los penados, implementar talleres y programas en los que participan los penados y elaborar los informes de seguimiento y finalización de los mismos, que serán enviados a la autoridad judicial correspondiente.
En resumen, se trata de una opción diferente dentro de la psicología, con gran variedad de oportunidades. Por eso, si alguien me preguntase si recomiendo este trabajo, incluyendo el proceso necesario para llegar a él, sin duda, respondería un sí con mayúsculas.
Salario de un psicólogo Penitenciario en España
Tal y como comenzaba contextualizando este texto, el Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias pertenece al grupo A, subgrupo A1 de la Administración General del Estado. Y como te comentaba, eso se nota en el proceso selectivo, pero, evidentemente, también en el salario.
Actualmente hay una clasificación de centros penitenciarios en función de su peligrosidad (resumiendo mucho, muchísimo este tema), por lo que el salario depende un poco de la categoría en la que esté el centro en el que trabajas. No obstante, el salario va a estar entre los 2.200 y 2.500 euros mensuales.
No sólo porque pertenecer a la administración pública, es decir, ser funcionaria, da una tranquilidad increíble de por vida donde sabes que nunca tendrás que preocuparte por perder tu trabajo.
Además, es un trabajo con un horario cómodo, donde puedes elegir entre trabajar de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 y tener todas tus tardes libres, o trabajar una tarde a la semana y no hacerlo una mañana.
Por ejemplo, puedes trabajar todas las mañanas de lunes a jueves, trabajar la tarde del martes, y librar la mañana del viernes, lo que te hace tener un fin de semana más largo.
Lo mejor de todo es que puedes organizarte como consideres.
Además, existe plena libertad para elegir las vacaciones en la fecha que prefieras, cosa que, si quieres viajar en temporada baja o en épocas distintas al verano, Semana Santa o Navidad, me parece un puntazo.
La remuneración de un psicólogo de prisiones varía según la experiencia y el lugar de trabajo, pero como te he dicho ofrece un sueldo atractivo que, junto con la estabilidad laboral, es uno de los mejores pros de ser funcionario de instituciones penitenciarias.
¿Cómo optar a psicólogo de prisiones?
Aunque ya te adelantaba algo, voy a darte más información. Para ser psicólogo de Instituciones Penitenciarias, solo hay un camino: la oposición.
El proceso selectivo consta de las siguientes fases: Oposición (de la que ahora te contaré un poquito más) y un periodo de prácticas
En cuanto a la fase de oposición, esta tendrá una duración máxima de 9 meses (aunque suele durar entre cuatro y seis) y constará de 4 ejercicios, todos ellos eliminatorios.
Primer ejercicio, examen de tipo test
Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 120 preguntas del programa con cuatro respuestas múltiples siendo una sola correcta, teniendo todas ellas el mismo valor. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación y las contestaciones en blanco no penalizan.
Un 40 % de preguntas versan sobre el temario que suele ser común a cualquier oposición en España: Constitución Española, Estatuto Básico del Empleado Público, derecho administrativo, Unión Europea… Un 20 % de preguntas son de Derecho Penitenciario; otro 20 % de preguntas sobre psicología básica y el 20 % restante de preguntas sobre psicología aplicada al medio penitenciario.
La duración de este ejercicio es de una hora y cuarenta y cinco minutos. Este ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder al ejercicio siguiente.
Segundo ejercicio, examen oral
Consiste en la extracción al azar de dos temas de la Parte común del Apartado B (Penología y Derecho Penitenciario), dos temas de Psicología general y dos temas de psicología aplicada al Medio Penitenciario, y desarrollar uno de ellos (de cada parte) oralmente.
Cada tema debe exponerse en un tiempo de 15 minutos por tema, con un máximo de 45 minutos para los tres temas. Previamente a la exposición de los temas, el opositor o la opositora dispondrá de 15 minutos para su preparación, es decir, puedes hacerte un esquema de 5 minutos aproximadamente para cada exposición. Al terminar tu exposición, el Tribunal puede realizarte sobre los temas expuestos oralmente.
Este ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder al ejercicio siguiente.
Tercer ejercicio, examen de idioma
Consiste en una traducción directa, por escrito, al castellano y sin diccionario, de un documento redactado en el idioma seleccionado por la persona aspirante en su instancia de participación, entre los oficiales de la Unión Europea y el árabe. Tiene una duración de cuarenta y cinco minutos.
Después, y en otro día distinto, el Tribunal te cita para que leas ante ellos tu traducción al castellano, pudiendo hacerte preguntas en el idioma elegido.
Este ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.
Cuarto ejercicio, examen práctico
Consiste en la elaboración durante un tiempo máximo de cuatro horas, de un informe acorde con las competencias atribuidas a los psicólogos del Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, en base a un caso y preguntas sobre el mismo.
De la misma forma que en el examen de idioma, el ejercicio será leído ante el Tribunal, pudiendo de nuevo realizar preguntas. Este ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.
La nota final de esta fase de oposición será la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
Después, hay un período de prácticas que se divide en dos fases: Una formativa, donde los aprobados de la fase de oposición reciben formación teórica sobre diversos aspectos penitenciarios; y una segunda, de prácticas en Centros Penitenciarios.
En definitiva, para ser psicólogo de prisiones, necesitas un grado en psicología, no es necesario el máster universitario en psicología clínica pero obviamente necesitaras estudias ámbitos relacionados con la ley penal y el tratamiento penitenciario.
Los psicólogos penitenciarios forman parte del Cuerpo Superior de Técnicos de IIPP (Instituciones Penitenciarias) y para acceder a él es necesario superar un proceso selectivo que incluye pruebas de aptitud y, por supuesto, cumplir con todos los requisitos necesarios.
Este rol es crucial en el ambito penitenciario, donde mejorar la calidad de vida física y psicológica de los internos es una prioridad, todo respetando la ley penal.
La oposición para ingresar al cuerpo especial de instituciones es exigente y requiere una preparación sólida. Deberás estudiar psicología penitenciaria, así como conocimientos sobre la ley general penitenciaria de 1979, también sobre técnicas de modificación de conductas y habilidades sociales.
Oposiciones a Psicólogo de prisiones
Aunque al leerlo parece un proceso tedioso, y no voy a negarte que lo sea, es posible, y con una preparación adecuada, aún más fácil.
Además de ser psicóloga de prisiones, soy preparadora. La docencia es algo que siempre me ha gustado mucho, y dentro de las ventajas de mi trabajo en prisión, está el tener tiempo libre para mis hobbies, para mi familia, y también para formar a futuros compañeros de profesión, ayudarles a conseguir su objetivo y transmitirles mi pasión por este trabajo.
Formé Opocampus hace unos años y cada año me hace más ilusión ir ayudando a más personas a ser psicólogos de prisiones. Después de un tiempo, formé a un equipo de Psicólogas y Juristas de Instituciones Penitenciarias, y juntas usamos un método de alta exigencia, basado en la planificación a largo plazo y en atender en grupos de poquitas personas para una atención lo más individualizada posible.
– Tipo Test: Tendrás acceso a un aula virtual con vídeo-tutoriales sobre las diferentes leyes que debes estudiar: Constitución Española, Estatuto básico del Empleado Público, Ley 39 y 40/15… entre otras; podcast (audioleyes) con las leyes más importantes para que puedas repasarlas mientras paseas, conduces, haces deporte. ¡O cuando quieras!; vídeos de media hora de duración explicativos de cada tema del temario, y dos simulacros de test al mes.
– Examen oral: Entrarás a formar parte de un pequeño grupo de máximo 4 personas. Con carácter semanal o quincenal (tú eliges la modalidad) nos veremos en clase (por Skype). Tendrás 5 minutos para preparar un pequeño esquema y 15 minutos para exponer un tema. (Siempre cantarás como mínimo 1 tema).
Tu preparadora te hará las correcciones y propuestas de mejora necesarias. Los grupos se organizan por niveles para que puedas aprender también de tus compañeros.
En el aula virtual del que te hablaba antes, tienes acceso a clases explicativas sobre cada tema de derecho penitenciario. Además, en el mismo aula virtual tienes podcast de cada tema de penitenciario, a modo de ejemplo, sobre cómo se expondría ese tema, así como de psicología. También tienes la Ley Orgánica General Penitenciaria y el Reglamento Penitenciario en Audio.
Finalmente, el tercer viernes de cada mes hay otro simulacro general para que puedas exponer un tema delante de otros opositores de Opocampus que no están en tu grupo. Así, puedes aprender de compañeros diferentes y también entrenamos el exponer delante de público distinto.
– Examen de idioma. Facilitamos material y documentos para que vayáis trabajando en casa. Tenemos una gran cantidad de publicaciones de psicología, derechos humanos y aspectos relacionados con la actividad penitenciaria. Resolvemos las dudas que os puedan surgir y hacemos recomendaciones de prensa, películas, series o documentales que os pueden ayudar.
– Examen práctico. Contamos con un gran material de elaboración propia para la preparación de este examen. En el aula virtual hay una gran cantidad de vídeos explicativos y ejercicios que ya han ido llevándose a cabo. Además, tenemos una clase al mes para ir preparándolo y una vez se celebra el examen oral, empezamos con un intensivo de clases dos o tres veces por semana, ¡las que sean necesarias!
Finalmente, si te decides a prepararte con nosotras, tendrás las siguientes ventajas:
- Planificación personalizada de tu estudio, teniendo en cuenta tu objetivo a corto, medio o largo plazo; tu disponibilidad, tu tiempo libre y tu dedicación. Puedes solicitar una tutoría individual para revisar, modificar o ajustar la planificación siempre que lo necesites.
- Acceso a esa academia virtual con cantidad de material que te ayudará en tu proceso de oposición, haciéndote el estudio mucho más fácil y llevadero.
Por eso, antes te comentaba que eligiendo un buen preparador, el proceso es mucho más sencillo y llevadero.
Conclusión
Sin embargo, sí considero que es importante destacar que este es un trabajo que debe ser vocacional: debes creer en él.
Ver a la persona que hay detrás del delito, conocer su historia y utilizarla para impulsarle a mejorar es una capacidad que entiendo que no todo el mundo pueda tener, ni comprender. Debes creer que la reinserción es posible y que está en tu mano. Y por supuesto, aunque no en todos los casos es posible, aquellos en los que se consigue, merece absolutamente la pena.
Esos días en que camino por la calle, compro en el súper o conduzco el coche y miro por la ventanilla, y coincido con un antiguo interno o interna, y los veo bien, rehabilitados, con sus familias, con sus trabajos, felices, sonrío y me reafirmo en que tomé una de las mejores decisiones de mi vida cuando elegí este trabajo.
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