El reconocimiento médico en el Cuerpo de Ayudantes de IIPP y sus exclusiones
Si estás pensando en oposiciones para funcionario de prisiones, seguro que ya has oído hablar del reconocimiento médico.
Este no es un mero trámite, sino el tercer ejercicio en el proceso de selección para convertirte en ayudante de instituciones penitenciarias. Pero tranquilo, voy a contarte todo lo que necesitas saber, sin complicaciones.
Qué es el reconocimiento médico para Ayudante de Instituciones Penitenciarias
El reconocimiento médico es la tercera de las pruebas a las que se enfrentan los opositores al Cuerpo de Ayudantes.
El Subgrupo C1 es el único cuerpo de prisiones que cuenta con un reconocimiento médico.
En primer lugar, no podemos confundirlo con unas pruebas físicas al estilo de las de la Policía o la Guardia Civil.
La diferencia está en que en la Policía o la Guardia Civil, los candidatos tienen que pasar una prueba eliminatoria que consiste en realizar una serie de ejercicios, como correr o hacer dominadas. Además, tendrán que alcanzar unas marcas determinadas para aprobar.
En el caso del Cuerpo de Ayudantes, con el reconocimiento solo se trata de demostrar al Tribunal que puedes desempeñar con normalidad las funciones del puesto.
Ten en cuenta que la profesión de funcionario de prisiones en el área de Vigilancia es muy activa y exige estar en forma, tener buena visión y una movilidad perfecta.
Y esto es precisamente lo que se comprueba con el reconocimiento médico.
Para qué sirve el reconocimiento médico para Ayudante de IIPP
A través de éste conjunto de pruebas, los médicos tratan de descartar que los opositores tengan alguna enfermedad física o psíquica incompatible con el puesto.
Como te decía, la diferencia con las pruebas físicas en cuerpos como la Policía o la Guardia Civil, es que aquí la cosa va de salud. No tendrás que correr ni hacer dominadas, pero sí demostrar que estás en condiciones óptimas para el servicio.
Y es que ser personal funcionario en el Cuerpo de Ayudantes implica responsabilidades que requieren tanto fortaleza mental como física.
Normativa del Reconocimiento médico
Te las señalo de la norma más general a la más particular:
- Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo: esta norma regula el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado.
- Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero: en la que se eliminan ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.
- Última convocatoria de la oposición
Al igual que los otros dos exámenes, el reconocimiento médico se rige por la convocatoria de la oposición, en la que figuran las causas concretas de exclusión que analizaremos más abajo.
¿Cuándo se realiza?
El Tribunal convoca a los opositores a esta prueba tras el tipo test y el supuesto práctico.
Es la tercera y última prueba eliminatoria.
Es decir, que se hace justo antes del curso selectivo de Cuenca y del periodo de prácticas en los Centros Penitenciarios.
Resultado del reconocimiento médico
El resultado del reconocimiento médico para Ayudante de Instituciones Penitenciarias es un momento que todos los opositores esperan para saber si han pasado el proceso de selección.
Un resultado positivo significa que el opositor no presenta ninguna de las causas de exclusión médica preestablecidas, como ciertas enfermedades oculares, trastornos psiquiátricos graves o limitaciones físicas que impidan el cumplimiento de las tareas.
Aquellos que superen esta prueba estarán un paso más cerca de formar parte del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
Por otro lado, un resultado negativo en el reconocimiento médico puede significar el fin del proceso selectivo para algunos aspirantes. Las exclusiones médicas abarcan una amplia gama de condiciones y te las detallo una por una más abajo, aunque si quieres más profundidad puedes leerlas en el cuadro de exclusiones del Ministerio del Interior.
Es importante que revises estas condiciones con antelación y, si es posible, consultes con un profesional médico para evaluar tu situación antes de presentarse al examen.
¿Cómo es el reconocimiento médico de IIPP?
Las diferentes pruebas médicas tienen por objeto comprobar que no existe ningún motivo que nos impida realizar correctamente nuestro trabajo.
Se nos examina de condiciones tales como:
- Agudeza visual
- Capacidad auditiva
- Problemas locomotores
- Delgadez extrema u obesidad
- Enfermedades del aparato digestivo, urinario, nervioso, respiratorio o cardiovascular que pueda comprometer la labor diaria
- Alteraciones psiquiátricas
Aunque no os apuréis, abajo os detallo concretamente la causas de exclusión.
Empezaré hablando de mi experiencia:
Una vez realizados el test y los supuestos prácticos, esta prueba no suele demorar más de un mes.
No se cita a todos los opositores el mismo día, sino que se van realizando los reconocimientos a lo largo de unas 3 ó 4 semanas, ya que es una prueba que dura en torno a 3 horas.
Desde la intranet de la SGIP sale una resolución citandote un día y a una hora concreta.
No eres el único que hará la prueba ese día, sino que el Tribunal cita a varios opositores a la vez, por orden alfabético.
Mucho mejor que te toque a primera hora. Pero a veces los opositores son citados a las 15:00 de la tarde. A mí, en concreto, me tocó a las 9:00 de la mañana.
Te recomiendo acudir un poco antes, por si acaso. A mi me citaron en el CIS Victoria Kent. Recuerdo que con los nervios me planté allí media hora antes.
Entramos todos los citados a la misma hora, para ello nos iban llamando uno a uno y teníamos que enseñar el DNI.
También teníamos que acudir con la cartilla de vacunación y los acompañantes tenían que quedarse fuera.
Una vez allí, nos sentamos en una sala grande con mesas y sillas para todos.
El personal médico y los miembros del Tribunal presentes nos dieron la enhorabuena por pasar los dos primeros exámenes y por el esfuerzo realizado.
A continuación, nos dieron unas nociones generales sobre el desarrollo de las pruebas y tuvimos que rellenar varios documentos.
Entre otras cosas, debes informar qué tipo de medicación has tomado antes de acudir al reconocimiento etc… y en su caso, debes aportar los justificantes médicos que corroboren necesidad de tomar esa medicación.
Las pruebas se iban sucediendo en una especie de gymcana, en la que ibas pasando de unas salas a otras con una mezcla entre nervios e ilusión por pasar cuanto antes aquel trámite tan intenso.
Recuerdo con especial cariño la calidez de los profesionales que nos iban atendiendo en cada “etapa de la gymcana”.
Vale. Pero, ¿qué pruebas nos hicieron?
Análisis de sangre
Para que saliera correctamente debíamos ir en ayunas. No debíamos haber comido en las 6 horas anteriores.
Análisis de orina
Se trataba de rellenar el bote con una persona delante para evitar que se de el cambiazo con orina que trajeras de tu casa.
Prueba de audición en cabina
Te ponen unos cascos en la cabeza y tenías que ir pulsando un botón cada vez que oyeras el sonido.
Cuanto más rápido mejor, pero cuidadito con pulsar antes de oír algo, a veces hacen el amago de poner un sonido para ver si pulsas aunque no estes escuchando nada.
Exploración médica
Primero te hacen una serie de preguntas del estilo:
- Enfermedades graves que padeces o has padecido
- Cirugías previas
- Medicamentos que estas tomando en ese momento
- Si tienes algún familiar con enfermedades graves
- Alergias conocidas
- Cual es tu estilo de vida y tipo de alimentación
- Si practicas o no deporte y con que frecuencia
- Si eres fumador
- Si has tenido algun embarazo
- Si padeces o has padecido alguna depresión
Así a bote pronto, esas serían las preguntas que me hicieron a mí y que recuerdo.
El médico también me hizo una exploración corporal. Primero me mandó levantar los brazos para comprobar si tenía algún tipo de dolor.
También me mandó desnudarme de cintura para arriba y tumbarme en una camilla para poder palpar el abdomen y comprobar también la movilidad de rodillas y piernas.
A continuación, me miró con una linterna los oídos y los ojos (para comprobar que no tuviera lentillas).
Y por último, tuve que caminar recto por la sala y agacharme para que el facultativo pudiera observar mi columna vertebral para descartar cualquier tipo de problema.
Por último, me midieron el peso y la altura, para calcular que el IMC estuviera dentro de los parámetros que marcaba la convocatoria.
En mi caso, no tuve que hacer espirometría, por el tema del covid, pero me consta que en años posteriores sí la han hecho.
En cuanto a la vista, el médico primero utiliza un visímetro para medir la agudeza visual.
Además, comprueba si hay daltonismo poniéndote unas figuras con colores (test de Ishihara) y te preguntan de qué color las ves.
También usan el típico panel que te ponen en cualquier óptica y te hacen leer una o dos líneas.
En definitiva, es una prueba bastante parecida a los reconocimientos médicos de empresa.
Pero dónde te la juegas mucho más y los nervios van a flor de piel.
En cuanto a la duración, calcula unas 3 horas.
Una de las pruebas en las que mas se suele tardar es en el test de orina, porque con los nervios, a mucha gente le cuesta orinar con alguien delante.
Con frecuencia, esta prueba acumula retraso, así que si vienes desde fuera en transporte público, coge los billetes con vuelta abierta o con un horario holgado o incluso si eres de los ultimos turnos, plantéate hacer noche en Madrid.
Exclusiones médicas del Ayudante de Instituciones Penitenciarias
La convocatoria de la oposición de Ayudantes define cuales son las exclusiones médicas. Por lo que interesa revisar a fondo la convocatoria para no tener sorpresas.
Ya que el reconocimiento médico es un examen eliminatorio al estilo de los dos anteriores.
Es un examen en el que muy poca gente suspende pero es verdad que casi todos los años cae algún opositor.
Los motivos más frecuentes son por tener un IMC superior o inferior al que marca la convocatoria (es decir, casos de obesidad severa o extrema delgadez), por problemas de visión o por dar positivo en drogas.
A continuación te cuento cuales son las causas concretas de exclusión.
A grosso modo, serían las siguientes:
- Visión
- Audición
- Aparato locomotor
- Endocrino
- Aparato digestivo
- Aparato urinario
- Aparato cardiovascular
- Aparato respiratorio
- Sistema nervioso central
- Alteraciones psiquiátricas
- Controles analíticos
- Otras causas de exclusión
Te adjunto literalmente el cuadro de exclusiones médicas, para que puedas comprobar con total tranquilidad cuales son concretamente las causas de exclusión:
Visión
No se considerarán aptas aquellas personas que presenten alguno de los siguientes valores en su agudeza visual:
1. Una agudeza visual binocular, sin gafas o lentillas, menor de 0,33.
2. Una agudeza visual, sin gafas o lentillas, menor de 0,2 en el ojo de menor agudeza visual.
3. Una agudeza visual binocular, con gafas o lentillas, menor de 0,8.
4. Desprendimiento de retina o retinosis pigmentaria.
5. Diplopía. Estrabismo.
6. Glaucoma. Hemianopsia.
7. Subluxación del cristalino. Afaquia.
8. Distrofia corneal con disminución de la agudeza visual. Queratitis crónica.
9. Hemeralopía.
10. Otras enfermedades oculares que impidan el desempeño de las tareas propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias y previa propuesta individualizada del servicio médico correspondiente.
Audición
No serán aptas aquellas personas que tengan una sordera completa de ambos oídos, o incompleta permanente que produzca, en el oído de menor agudeza auditiva, una disminución de la agudeza auditiva mayor de 35 decibelios en las frecuencias entre los 1.000 y 3.000 hertzios o de 45 decibelios a 4.000 hertzios.
Aparato locomotor
No serán aptas las personas que presenten:
1. Malformaciones o lesiones que incapaciten, limiten o comprometan permanentemente, el libre movimiento de cualquier articulación o que puedan disminuir la fuerza y agilidad de las manos, extremidades, tronco y cuello o su repercusión estática.
2. Escoliosis con limitación importante para flexo-extensión. Hernia discal.
Endocrino
Serán excluidas aquellas personas que presenten:
1. Delgadez extrema: Con índice de masa corporal (IMC) inferior a 18.
2. Obesidad: Con índice de masa corporal (IMC) superior a 34.
3. Enfermedades del sistema endocrino-metabólico que impidan el desempeño de las tareas propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias y previa propuesta individualizada del servicio médico correspondiente.
Aparato digestivo
No serán aptas aquellas personas que padezcan:
1. Cirrosis hepática.
2. Enfermedad inflamatoria intestinal crónica.
3. Pancreatitis crónica.
Aparato urinario
No serán aptas las personas con insuficiencia renal crónica.
Aparato cardiovascular
No serán aptas las personas con:
1. Insuficiencia cardíaca.
2. Haber padecido infarto de miocardio o coronariopatía.
3. Arritmias: fibrilación auricular. Síndrome de preexcitación.
4. Valvulopatías y prótesis valvulares.
5. Aneurismas de grandes vasos.
6. Insuficiencias venosas periféricas, con signos de alteraciones tróficas y varicosas.
Aparato respiratorio
No serán aptas aquellas personas que padezcan enfermedades neumológicas (pulmonares) que tengan repercusión en la función respiratoria.
La función pulmonar se definirá mediante espirometría o auscultación pulmonar facultativa, quedando la determinación de la prueba a realizar a criterio del personal facultativo de la Administración designado por el tribunal para la supervisión médica del segundo ejercicio de la oposición, en función de la evolución de la COVID-19 y demás circunstancias concurrentes.
Serán excluidas las personas con una capacidad ventilatoria inferior al 80 % de las cifras de referencia.
Sistema nervioso central
No serán aptas las personas que presenten:
1. Parkinson
2. Temblores crónicos
3. Epilepsia
4. Esclerosis múltiple
5. Ataxia
Alteraciones psiquiátricas
No serán aptas las personas que presenten:
1. Esquizofrenia.
2. Trastorno bipolar.
3. Depresión mayor.
4. Crisis de pánico o de angustia.
5. Trastorno de estrés postraumático.
6. Alteraciones de la personalidad: paranoide, esquizoide, antisocial o trastornos límite.
7. Trastornos afectivos. Distimias.
Controles analíticos de sangre y orina.
1. Será causa de exclusión el consumo de alcohol en grado de abuso, que ocasione alteraciones detectables en el análisis de sangre, con elevación de las transaminasas hepáticas (GOT, GPT, GGT), junto con aumento del VCM, por encima de las cifras normales de referencia.
En el caso de que presenten esas alteraciones, se realizarán pruebas complementarias.
2. Consumo de sustancias tóxicas: Opiáceos, cannabis, cocaína, anfetaminas y metanfetaminas, psicodislépticos, benzodiacepinas y otras drogas de abuso, que sean detectables (ellos o sus metabolitos) en el momento del reconocimiento, mediante analítica.
3. Todas las personas que por prescripción facultativa estén siendo tratados con cualquier tipo de medicación, que pueda ocasionar interferencias en los resultados de las analíticas de detección de drogas de abuso, deberán presentar un informe médico oficial justificando el tratamiento.
Otras causas de exclusión
Además, serán excluidas las personas que presenten hemopatías graves, malformaciones congénitas u otras patologías de cualquier órgano o sistema que, a juicio del tribunal y previa propuesta del médico correspondiente, impida el desempeño de las tareas propias del Cuerpo de Ayudantes.
En resumen, el reconocimiento médico es la última de las pruebas eliminatorias, lo que te coloca más cerca de tu ansiada plazas.
Aquí no tienes que demostrar tus conocimientos ni lo mucho que has estudiado como en los tipo test, pero no por ello podemos dar por supuesto que la aprobaremos sin más.
Dale la importancia que tiene, no te obsesiones pero tampoco obvies que tienes que cumplir ciertos requisitos para poder estar dentro.
Recuerda, preparar tu cuerpo y mente es tan importante como estudiar. Este proceso selectivo busca a los mejores, y por eso, conocer los requisitos médicos es esencial para avanzar.
Si sueñas con unirte al cuerpo superior de técnicos de Instituciones Penitenciarias, cuida tu salud y prepárate a conciencia.
¡Ánimo, futuro funcionario de prisiones!
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