Requisitos para ser Funcionario Del Cuerpo de Ayudantes de IIPP (Instituciones Penitenciarias)
Una de las muchas preguntas que me hacen es cuál creo que es el perfil idóneo para poder ser funcionario del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
Sinceramente, aquí diferenciaría claramente entre aquellos requisitos y solicitudes de admisión marcados por la normativa básica reguladora (que son los que sí o sí debes cumplir) y aquellas cualidades que considero que serían aconsejables, porque no son imprescindibles pero facilitan en gran medida nuestro trabajo.
1) Requisitos que marca la Normativa básica reguladora para ser Funcionario Del Cuerpo de Ayudantes de IIPP
Para la superación del proceso selectivo al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, los aspirantes deben cumplir si o si los siguientes requisitos de la normativa básica reguladora:
- Tener nacionalidad española.
- Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá acreditar estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación en algunos casos.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas (esto tiene mucho que ver con el cuadro de exclusiones médicas).
- No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de 3 años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala al que se presenta. En el caso de las pruebas limitadas al acceso a una Especialidad de un Cuerpo o Escala, no tener previamente reconocida la misma.
También podrán hacer los exámenes aquellas personas que tengan la condición de personal funcionario de Organismos Internacionales, que posean la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.
Otra cuestión importante es que todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera (es decir, una vez completadas las prácticas).
Esto no es ni más ni menos que la transcripción literal de lo que dice la normativa básica reguladora. Contra estos requisitos tan taxativos no podemos hacer otra cosa que acatar y abstenernos de presentarnos a los exámenes si no los cumplimos.
(Si te estas preguntando que normativa básica reguladora, es el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público).
2) Requisitos incluidos en la convocatoria
La convocatoria es el documento que detalla el sistema de selección que se empleará en la oposición. Contiene el número de plazas que se ofertan, los requisitos que deben cumplir los aspirantes, número de exámenes, temario, composición del tribunal calificador, normativa básica reguladora etc.
2.1 Titulación
Para la superación del proceso selectivo deberás estar en posesión del título de Bachiller o Técnico o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Aquellos con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
2.2 Carecer de determinados antecedentes
Además, para optar a una plaza de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias se exige no haber sido condenado por delito doloso (es decir, lo contrario a imprudente) a penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
2.2 Presentar la solicitud de examen
Quiénes deseen presentarse a los exámenes, deberán cumplimentar electrónicamente el modelo oficial de solicitud 790, al que se accederá, con carácter general, a través de esta página web o de los registros electrónicos que se establezcan en cada momento.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del opositor del proceso selectivo. No quiero lloros después, hay que hacerlo bien.
La presentación de solicitudes se debe realizar en el plazo de 20 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOE y se dirigirán a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (es el órgano superior y del que depende todo el tinglado de prisiones).
Las solicitudes se presentarán por vía electrónica. Esta presentación se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas de este Punto de Acceso General .
Rellenar la solicitud electrónicamente tiene una serie de ventajas:
- La inscripción en línea desde casa con total comodidad.
- Anexar documentos a la solicitud.
- El pago electrónico de las tasas rellenando tu número de tarjeta o número de cuenta.
Hay determinada exenciones al paso de las tasas. Como por ejemplo:
- Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de la convocatoria.
- Las familias numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50% los que fueran de la categoría general.
- Las víctimas del terrorismo, el/la cónyuge de la persona fallecida y los hijos e hijas de las personas heridas y fallecidas.
Es importante que sepáis que el abono de las tasas para el acceso libre de funcionarios o en su caso, la justificación de que existe una causa de exención, deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En caso contrario, se excluirá al candidato, lo cual (aunque haya plazo para subsanar) suele ponernos bastante nerviosos. Y con razón. Nos jugamos mucho como para hacer el tonto con un mero trámite.
El proceso de selección y valoración está diseñado para asegurar que solo los candidatos a Instituciones Penitenciarias capacitados superen el proceso selectivo.
Desde la Subsecretaría del Ministerio del Interior, se publican las convocatorias detallando cada paso que debes seguir, incluyendo las pruebas de aptitud y el temario que necesitarás dominar.
3) Causas de exclusión para opositar al Cuerpo de Ayudantes de IIPP
El medio penitenciario es un lugar atípico para trabajar, de eso no cabe duda. Por ello, es entendible que para realizar este tipo de trabajos, se pidan unas condiciones físicas concretas a los futuros funcionarios.
Sobretodo cuando se trata de un trabajo de carácter físico, como el que se realiza dentro de los módulos. Ten en cuenta que tendrás que abrir y cerrar celdas, comprobar el buen estado de los internos en las mismas, cachear celdas, hacer requisas de puertas y ventanas…
En las oposiciones al Cuerpo de Ayudantes de IIPP no existe un examen con pruebas físicas, sino que nuestro segundo examen es un reconocimiento médico.
Para la superación del proceso selectivo no tenemos que hacer dominadas o correr, solo demostrar que no tienes ninguna de las patologías que en la convocatoria figuran como causa de exclusión.
Partiendo de lo que nos indica el cuadro de exclusiones médicas de la última convocatoria, las causas de exclusión son relativas a las áreas de la visión, la audición, el aparato locomotor, el sistema endocrino, digestivo, urinario, cardiovascular, respiratorio, sistema nervioso central y ausencia de determinadas alteraciones psiquiátricas.
La valoración de la superación del proceso se enfoca en estas patologías según la normativa básica reguladora:
I. Visión
No se considerarán aptas aquellas personas que presenten alguno de los siguientes valores en su agudeza visual:
1. Una agudeza visual binocular, sin gafas o lentillas, menor de 0,33.
2. Una agudeza visual, sin gafas o lentillas, menor de 0,2 en el ojo de menor agudeza visual.
3. Una agudeza visual binocular, con gafas o lentillas, menor de 0,8. También serán excluidas las personas que padezcan:
4. Desprendimiento de retina o retinosis pigmentaria.
5. Diplopía. Estrabismo.
6. Glaucoma. Hemianopsia.
7. Subluxación del cristalino. Afaquia.
8. Distrofia corneal con disminución de la agudeza visual. Queratitis crónica.
9. Hemeralopía.
10. Otras enfermedades oculares que impidan el desempeño de las tareas propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias y previa propuesta individualizada del servicio médico correspondiente.
II. Audición
Para la superación del proceso selectivo no serán aptas aquellas personas que tengan una sordera completa de ambos oídos, o incompleta permanente que produzca, en el oído de menor agudeza auditiva, una disminución de la agudeza auditiva mayor de 35 decibelios en las frecuencias entre los 1.000 y 3.000 hertzios o de 45 decibelios a 4.000 hertzios.
III. Aparato locomotor
No serán aptas las personas que presenten:
1. Malformaciones o lesiones que incapaciten, limiten o comprometan permanentemente, el libre movimiento de cualquier articulación o que puedan disminuir la fuerza y agilidad de las manos, extremidades, tronco y cuello o su repercusión estática.
2. Escoliosis con limitación importante para flexo-extensión. Hernia discal.
IV. Endocrino
Serán excluidas aquellas personas que presenten:
1. Delgadez extrema: Con índice de masa corporal (IMC) inferior a 18.
2. Obesidad: Con índice de masa corporal (IMC) superior a 34.
3. Enfermedades del sistema endocrino-metabólico que impidan el desempeño de las tareas propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias y previa propuesta individualizada del servicio médico correspondiente.
V. Aparato digestivo
No serán aptas aquellas personas que padezcan:
1. Cirrosis hepática.
2. Enfermedad inflamatoria intestinal crónica.
3. Pancreatitis crónica.
VI. Aparato urinario
No serán aptas las personas con insuficiencia renal crónica.
VII. Aparato cardiovascular
No serán aptas las personas con:
1. Insuficiencia cardiaca.
2. Haber padecido infarto de miocardio o coronariopatía.
3. Arritmias: fibrilación auricular. Síndrome de preexcitación.
4. Valvulopatías y prótesis valvulares.
5. Aneurismas de grandes vasos.
6. Insuficiencias venosas periféricas, con signos de alteraciones tróficas y varicosas.
VIII. Aparato respiratorio
No serán aptas aquellas personas que padezcan enfermedades neumológicas (pulmonares) que tengan repercusión en la función respiratoria.
La función pulmonar se definirá mediante espirometría o auscultación pulmonar facultativa, quedando la determinación de la prueba a realizar a criterio del personal facultativo de la Administración designado por el tribunal para la supervisión médica del segundo ejercicio de la oposición, en función de la evolución de la COVID-19 y demás circunstancias concurrentes.
Serán excluidas las personas con una capacidad ventilatoria inferior al 80 % de las cifras de referencia.
IX. Sistema nervioso central
No serán aptas las personas que presenten:
1. Parkinson.
2. Temblores crónicos.
3. Epilepsia.
4. Esclerosis múltiple.
5. Ataxia.
X. Alteraciones psiquiátricas
No serán aptas las personas que presenten:
1. Esquizofrenia.
2. Trastorno bipolar.
3. Depresión mayor.
4. Crisis de pánico o de angustia.
5. Trastorno de estrés postraumático.
6. Alteraciones de la personalidad: paranoide, esquizoide, antisocial o trastornos límite.
7. Trastornos afectivos. Distimias.
XI. Controles analíticos
De sangre y orina.
1. Será causa de exclusión el consumo de alcohol en grado de abuso, que ocasione alteraciones detectables en el análisis de sangre, con elevación de las transaminasas hepáticas (GOT, GPT, GGT), junto con aumento del VCM, por encima de las cifras normales de referencia. En el caso de que presenten esas alteraciones, se realizarán pruebas complementarias.
2. Consumo de sustancias tóxicas: Opiáceos, cannabis, cocaína, anfetaminas y metanfetaminas, psicodislépticos, benzodiacepinas y otras drogas de abuso, que sean detectables (ellos o sus metabolitos) en el momento del reconocimiento, mediante analítica.
3. Todas las personas que por prescripción facultativa estén siendo tratados con cualquier tipo de medicación, que pueda ocasionar interferencias en los resultados de las analíticas de detección de drogas de abuso, deberán presentar un informe médico oficial justificando el tratamiento
XII. Otras causas de exclusión
Serán excluidas las personas que presenten hemopatías graves, malformaciones congénitas u otras patologías de cualquier órgano o sistema que, a juicio del tribunal y previa propuesta del médico correspondiente, impida el desempeño de las tareas propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
4) Rasgos de la personalidad que facilitan el trabajo de prisiones
Un buen funcionario no debe conformarse con aprobar la oposición, sino que debe trabajar también para desarrollar una serie de competencias y pruebas de aptitud que harán que pueda desempeñar su trabajo con la eficacia que el puesto requiere.
Cuando alguien me pregunta qué es necesario para sobrellevar un trabajo tan complejo y no quemarse con los años (me refiero fundamentalmente a las labores de vigilancia de internos, ya que el puesto no es igual de exigente trabajando en vigilancia que en una oficina), mi respuesta es siempre la misma:
Debes hacer gala de una gran empatía. Tanto de cara a los internos, como de cara a los compañeros.
Ponerse en el lugar del otro es fundamental a la hora de tratar con personas privadas de libertad. El perfil del interno es muy variopinto, pero a menudo tratamos con personas con problemas mentales, adicciones o con falta de habilidades sociales, por lo que podemos decir claramente que nuestro trabajo se desarrolla a menudo en un ambiente hostil que requiere tener mucho aplomo y seguridad en ti mismo.
Recomiendo practicar la escucha activa, que es aquella técnica de comunicación que hace que sepamos escuchar y entender lo que la otra persona nos dice y que a la vez sepamos transmitirle que lo hemos entendido. No se trata solo de oír, sino de escuchar y entender.
También es importante ser empático con tus compañeros, ten en cuenta que pasas muchas horas con ellos en un espacio reducido y a veces pueden surgir discrepancias.
Cada persona es un mundo y cada uno tiene una forma de trabajar, por lo que debes hacer gala de toda tu mesura para resolver los problemas de forma cordial y educada.
Debes ser una persona asertiva. El medio penitenciario suele ser caldo de cultivo de conflictos y enfrentamientos. Por ello es necesario tener una actitud que facilite el diálogo y la resolución pacífica de conflictos.
En ocasiones no quedará más remedio que acudir a la vía más radical, que es la de poner un parte a un interno o llevarlo al módulo e aislamiento, pero siempre debemos intentar que sea la última solución.
Debes ser igualitario. Un funcionario que actúa justamente siempre va a ser respetado tanto por los compañeros como por los internos.
Debes fomentar el compañerismo. En la cárcel la vida de un funcionario puede estar en las manos de su compañero. Trabajar con personas que nos inspiren confianza y seguridad siempre es un valor añadido.
Debes ser una persona de palabra. Los internos valoran mucho que cumplas lo que digas. Si has prometido algo, debes cumplirlo. Así que, mide muy bien que prometes y que no.
Por ejemplo, si prometes a un interno que vas a llamar a la oficina de peculio para comprobar si le han realizado un ingreso en su cuenta, debes hacerlo, no te olvides.
Debes aprender a desconectar con facilidad. Una de las cosas buenas de este trabajo es la cantidad de días libres que tiene. Esto no es así porque sí, sino que la cantidad de días libres está muy relacionada con la necesidad de desconectar de ambientes hostiles para preservar la salud mental de los funcionarios.
Por ende, es realmente importante que tu también sepas desconectar del medio penitenciario y de sus tensiones en los días libres y en vacaciones. Procura no hablar del trabajo fuera del mismo, aunque quedes en tus ratos libres con tus compañeros.
Debes ser resolutivo. Es fundamental que seas una persona resolutiva, capaz de resolver conflictos de manera rápida y eficiente.
Debes estar en un buen estado de forma física. A menudo tendrás que caminar muchos pasos al día entre departamentos, subir y bajar escaleras e incluso habrá momentos en los que debas correr a auxiliar al compañero.
Debes tener una gran capacidad de atención. Tanto si trabajas en oficinas como en vigilancia o área mixta, son trabajos que requieren mucha atención y concentración. Ten en cuenta que una de tus labores fundamentales es la de observación.
Además, en el caso de estar destinado en vigilancia, los recuentos son una parte clave de tu día a día, uno de los momentos más importantes de la jornada.
Debes saber exactamente cuántos internos hay en tu módulo y que estén todos presentes. Además durante los momentos en los que los internos no pueden permanecer en la celda, tienes que prestar especial atención que ningún interno que no deba, se quede dentro.
Debes saber mantener la calma durante los momentos de tensión y tener la capacidad de actuar con rapidez.
Trabajamos con un perfil de personas muy concreto, a menudo con problemas psiquiátricos, adicciones, falta de habilidades sociales… por lo que vivirás momentos en los que es necesario tener mucha mano izquierda para atajar situaciones complicadas y no tener que recurrir al uso de la fuerza mínima indispensable (en las condiciones y casos tasados en que está reglamentariamente está aceptado).
En este trabajo es necesario mucha coordinación con los compañeros y llevar a cabo actuaciones rápidas e impecables para evitar males mayores.
Recuerda, cada detalle, desde tu solicitud de admisión hasta tu última prueba de selección, es crucial para alcanzar tu meta de ser parte del Cuerpo de Ayudantes de IIPP.
¡Espero que este post sobre los requisitos para ayudante de Instituciones Penitenciarias te haya aclarado muchas cosas sobre nuestro trabajo en prisiones!
Pero ¡espera! llegados a este punto ¿te interesaría saber la vestimenta que llevarías en tu puesto de trabajo? Aquí te muestro el uniforme del funcionario de prisiones.
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